Traductor jurado y facturas! Thread poster: irenehumbert (X)
| irenehumbert (X) Spanish to English + ...
Hola a tod@s: Recientemente he conseguido mis habilitaciones de traductora-intérprete jurada de inglés-catalán-español y viceversa y tengo unas pequeñas dudas para arrancar profesionalmente. Actualmente trabajo en un bufete de abogados donde básicamente traduzco todo tipo de escritos, contratos, escrituras y demás. Normalmente, cuando necesitan una traducción jurada acuden a e... See more Hola a tod@s: Recientemente he conseguido mis habilitaciones de traductora-intérprete jurada de inglés-catalán-español y viceversa y tengo unas pequeñas dudas para arrancar profesionalmente. Actualmente trabajo en un bufete de abogados donde básicamente traduzco todo tipo de escritos, contratos, escrituras y demás. Normalmente, cuando necesitan una traducción jurada acuden a empresas de traducción locales, les pagan y listo, pero ahora quieren que yo me encargue de las traducciones juradas, especialmente en-es. Mis dudas son las siguientes: 1)Es requisito indispensable para certificar las traducciones (traducciones juradas) estar dado de alta en la AEAT y SS? En principio sería una colaboración puntual y cobraría en negro, ya que mis ingresos principales vienen de mi puesto en el bufete y aún no puedo (económicamente hablando) permitirme el lujo de pagarle al fisco y a la SS. Además, estos pagos no superarían el SMI, estamos hablando de calderilla extra. 2) Por otra parte, me han dicho, en el trabajo, que con una notita (factura de mentirijillas o recibí) con mi nombre y mi DNI sería suficiente para que me pagasen...pero si no estoy dada de alta en la AEAT, ¿de qué sirve que ponga mi DNI y mis datos?¿realmente es necesario?¿me estaré metiendo en algún tipo de problema al hacer esto? Básicamente, sería como si yo les regalase las traducciones (amiguismo) con el fin de evitar todos los trámites, pagos, declaraciones y demás. Obviamente, espero que en un futuro no muy lejano pueda darme de alta definitivamente y trabajar dentro de los parámetros de la legalidad! Gracias de antemano ▲ Collapse | | |
Hola, La verdad es que hay una cosa que no comprendo. Si ya trabajas para la empresa en cuestión, ¿no pueden añadir lo que te deban por las traducciones juradas a la remuneración que te abonan por otros servicios? Saludos, M. | | | irenehumbert (X) Spanish to English + ... TOPIC STARTER Traductor jurado y facturas! | Mar 7, 2013 |
Hola Desafortunadamente, ya he intentado ir por esta vía para evitarme quebraderos de cabeza e intentar empezar de manera legal...pero no todo el mundo está de acuerdo y para no poner en peligro mi actual puesto, me he decantado por esta opción que no es la apropiada pero es la que me asegura una cantidad considerable de trabajo. Saludos, Irene | | | Repartirlo en varias nóminas | Mar 7, 2013 |
Hola Irene: Intenta acordar otra cosa con ellos, o sea consigue por ejemplo que te lo añadan a tu nómina. Ahora soy autónoma, pero antes de serlo trabajaba en la administración de una empresa de náutica. Cuando por alguna razón tenían una traducción extra, me "añadían" a la nómina el importe correspondiente, eso sí, lo repartían en varias nóminas. Creo que debes inentar conseguir algo parecido hasta que tengas la posibilidad de emitir facturas. Referente a... See more Hola Irene: Intenta acordar otra cosa con ellos, o sea consigue por ejemplo que te lo añadan a tu nómina. Ahora soy autónoma, pero antes de serlo trabajaba en la administración de una empresa de náutica. Cuando por alguna razón tenían una traducción extra, me "añadían" a la nómina el importe correspondiente, eso sí, lo repartían en varias nóminas. Creo que debes inentar conseguir algo parecido hasta que tengas la posibilidad de emitir facturas. Referente a la segunda pregunta, EN NINGÚN CASO pondría yo mi DNI y nombre en la nota de gastos o llámala como quieras. Si no puedes facturar, no debe aparecer tu DNI en ningún sitio, pienso yo, que no soy economista, ni nada parecido. Así que no te lo puedo asegurar, solo aconsejar. Yo no pondría mi DNI y nombre. En cualquier caso, si tienes dudas serias, contacta con un gestor, así lo sabrás con toda seguridad y merece la pena para evitar problemas. ▲ Collapse | |
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Como un bonus/horas extra | Mar 7, 2013 |
Yo lo veo sencillísimo: cada vez que jures una traducción, que te pongan un pequeño plus por horas extra. Así de simple. No entiendo por qué te vas a complicar tú la vida dándote de alta como autónoma, emitiendo facturas, presentando un montón de papeles a Hacienda y la SS si la solución es simplísima para tu empleador actual. Lo mejor es que si no están dispuestos a hacerlo así, algo que no les cuesta ningún trabajo ni les supone ningún tipo de problema, no les jures... See more Yo lo veo sencillísimo: cada vez que jures una traducción, que te pongan un pequeño plus por horas extra. Así de simple. No entiendo por qué te vas a complicar tú la vida dándote de alta como autónoma, emitiendo facturas, presentando un montón de papeles a Hacienda y la SS si la solución es simplísima para tu empleador actual. Lo mejor es que si no están dispuestos a hacerlo así, algo que no les cuesta ningún trabajo ni les supone ningún tipo de problema, no les jures las traducciones. Te evitas líos y gastos. Editado para añadir esto: me sorprende que tu empresa te pida una "factura de mentirijillas" (no sé si he entendido mal). Ojo que Hacienda no entiende esto de las mentirijillas y luego viene el tío Paco con la rebaja. Tú simplemente puedes jurar las traducciones y cobrarlo a través de la nómina, como un bonus por productividad o de otro tipo, o cualquier otra fórmula legal. El hecho de que estés trabajando como empleada no es incompatible con jurar las traducciones, a mi entender. Que yo sepa, no necesitas ser autónoma y estar dada de alta en el IAE etc. para jurar traducciones.
[Edited at 2013-03-07 22:25 GMT] ▲ Collapse | | | irenehumbert (X) Spanish to English + ... TOPIC STARTER No es una opción bonus/horas extra ni repartido en varias nóminas | Mar 8, 2013 |
Tomás Cano Binder, CT wrote: Que yo sepa, no necesitas ser autónoma y estar dada de alta en el IAE etc. para jurar traducciones.
[Edited at 2013-03-07 22:25 GMT] Esto me deja más tranquila! Ya he sugerido estas formas de remuneración para evitarme quebraderos de cabeza y me han dicho que no y que no insista, por eso intento buscar alguna fórmula que me evite problemas presentes/futuros y pueda ganarme unos ingresos extra! Aunque me gustaría empezar de manera legal a pesar de que los ingresos por este concepto no sean la bomba, en estos momentos o me acojo a lo que me dicen o se irán a buscar a otro, dejándome a mí sin posibilidad de hacer las traducciones. Agradezco vuestras aportaciones! Irene | | |
irenehumbert wrote: Tomás Cano Binder, CT wrote: Que yo sepa, no necesitas ser autónoma y estar dada de alta en el IAE etc. para jurar traducciones.
[Edited at 2013-03-07 22:25 GMT] Esto me deja más tranquila! Ya he sugerido estas formas de remuneración para evitarme quebraderos de cabeza y me han dicho que no y que no insista, por eso intento buscar alguna fórmula que me evite problemas presentes/futuros y pueda ganarme unos ingresos extra! Aunque me gustaría empezar de manera legal a pesar de que los ingresos por este concepto no sean la bomba, en estos momentos o me acojo a lo que me dicen o se irán a buscar a otro, dejándome a mí sin posibilidad de hacer las traducciones. Agradezco vuestras aportaciones! Irene Si no quieren añadirte ningún plus a tu nómina actual, me temo que para cobrar las traducciones de forma legal, no te queda otra que darte de alta en el IAE (Ag. Tributaria) y en la Seg. Social (aunque eso último depende del importe de las traducciones facturadas; para más información, echa un vistazo aquí: http://www.proz.com/post/950993#950993 ). Tal y como dice Tomás, para jurar las traducciones no tienes que estar dada de alta, pero para cobrarlas sí, siempre que no puedas hacerlo de otra forma (por ejemplo, en una nómina) y vemos que éste no es el caso... Por otra parte, recuerda que las facturas que emitas deberán llevar el IVA correspondiente y la retención del IRPF. Más información: http://www.proz.com/post/1038913#1038913 http://www.proz.com/post/2101351#2101351 Saludos, M. | | | La contabilidad y la ética | Mar 8, 2013 |
(En primer lugar, les pido desculparme por mi terrible Español. Aprendi a comunicarme hablando una miezcla pan-hispánica en la práctica, pero jamás estudié el idioma formalmente.) España y Brasil tienen leyes hasta certo punto similares* relativas a traductores y traducciones juradas. Eses dos países no aceptan traducciones para cualquier propósito oficial que no tengan sido hechas por sus "própios" respectivos traduc... See more (En primer lugar, les pido desculparme por mi terrible Español. Aprendi a comunicarme hablando una miezcla pan-hispánica en la práctica, pero jamás estudié el idioma formalmente.) España y Brasil tienen leyes hasta certo punto similares* relativas a traductores y traducciones juradas. Eses dos países no aceptan traducciones para cualquier propósito oficial que no tengan sido hechas por sus "própios" respectivos traductores jurados. No conozco ningún otro país que tenga restricciones similares así abrangentes. Pueden leer como eso funciona en Brasil: en Portugués: http://www.lamensdorf.com.br/duvidas-comuns.html en Inglés: http://www.lamensdorf.com.br/faqs.html ... y hay también la página complementar, con algunas reglas específicas (incluso precios obligatórios) a la província de San Pablo; los links están en el final de las dos páginas arriba, respectivamente. La ley Brasileña se pasó en el 1943. Acá en Brasil el traductor jurado obligarioriamente debe ser autónomo. No se prohibe que trabaje como empleado en alguna otra cosa, pero es implícito que no pueda hacerlo como empleado de su cliente de traducciones juradas, porque es prohibido conceder cualquier deducción a quien sea, de los precios determinados por la reglamentación. Eso teóricamente elimina la ventaja en tener um traductor jurado como empleado (se bien que aún se puede pasar algun dinero por bajo de la mesa). Pero el verdadero problema ético seria, se el traductor jurado es un empleado, su jefe le podría ordenar para añadir o omitir algunos pequeños detalles específicos con relación al documento original cuando haga su traducción jurada, o quizás interpretarlos de una manera un poquito distinta. Eso inmediatamente eliminaria la razón de existéncia de los traductores jurados, por supuesto imparciales. No se puede servir a dos jefes simultáneamente - el empleador y también el interés público (la ley y la ética). Entonces las diversas solucciones presentadas en ese thread tratan del problema contábil y tributário, pero el problema ético permanece. Se algo no es claro acá, yo podría explicarlo (mucho) mejor en Inglés o Portugués. Mis 2 céntimos. *Principales diferencias: No existen (y no pueden existir) traductores jurados brasileños en esa actividad fuera del território de Brasil. Los traductores jurados brasileños precisan obligatoriamente tener nacionalidad brasileña. Los precios obligatórios son determinados por los gubiernos de las respectivas províncias de Brasil. (La ley es federal, y la validad de las traducciones juradas es nacional, pero la administración de los traductores se dá en nível provincial.) Los exámenes de cualificación ocurren - cuando ocurren - a cada 20+ años en cada província. Es preciso tener prueba de residéncia mínima de 1 año en la província para poder candidatarse alla. ▲ Collapse | |
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Si la empresa no está dispuesta a facilitarte las cosas, la situación se simplifica enormemente y te deja dos salidas: 1. Que te paguen no sólo las traducciones juradas, sino también el coste mensual de la SS y de gestoría (en definitiva, sobre 350 euros mensuales) para mantener tu actividad como autónoma y así poder facturarles. El motivo de que lo paguen ellos es que si no fuera por ellos tú no te darías de alta como autónoma en este momento. 2. La que te re... See more Si la empresa no está dispuesta a facilitarte las cosas, la situación se simplifica enormemente y te deja dos salidas: 1. Que te paguen no sólo las traducciones juradas, sino también el coste mensual de la SS y de gestoría (en definitiva, sobre 350 euros mensuales) para mantener tu actividad como autónoma y así poder facturarles. El motivo de que lo paguen ellos es que si no fuera por ellos tú no te darías de alta como autónoma en este momento. 2. La que te recomiendo: no hacer las traducciones juradas y que las encarguen a una empresa externa, dado que no estás en disposición de facturarlas sin perder dinero. No veo otra forma de hacer las cosas sin que tengas que perder dinero y sin tener problemas más adelante. ▲ Collapse | | | Menuda situación | Mar 8, 2013 |
Hola: Necesitas estar dada de alta en IAE / Seguridad Social para cobrar las traducciones, si la empresa no las incluye como plus en tu nómina. Recuerda además que la traducción jurada (como la no jurada) está sujeta a IVA y retenciones de IRPF (en la factura) si es para una empresa sujeta a la legislación fiscal española. Sinceramente, aunque te suponga renunciar a unos ingresos extra, yo no me prestaría a hacer "facturas de mentirijilla", es un fraude en toda ... See more Hola: Necesitas estar dada de alta en IAE / Seguridad Social para cobrar las traducciones, si la empresa no las incluye como plus en tu nómina. Recuerda además que la traducción jurada (como la no jurada) está sujeta a IVA y retenciones de IRPF (en la factura) si es para una empresa sujeta a la legislación fiscal española. Sinceramente, aunque te suponga renunciar a unos ingresos extra, yo no me prestaría a hacer "facturas de mentirijilla", es un fraude en toda regla (además, tendrías que poner un IVA/IRPF inexistente y por tanto, defraudado a Hacienda), luego los problemas son para ti. Supongo que tus empleadores saben bien que lo que te están proponiendo no tiene pinta de ser muy legal, pero gozan de posición dominante; si los importes no son muy importantes, razón de más para no arriesgarse, que luego los problemas son para ti. Un salido y ánimo para salir de esa solución. ▲ Collapse | | | Creo que es mejor hacer las cosas bien | Mar 9, 2013 |
Tengo una academia de inglés y al principio de este curso tuve que contratar a una profesora de otras asignaturas. Ante mi experiencia de contratar a empleados, quise contratar a un autónomo y mi gestor me dijo que un trabajador autónomo está obligado a declarar la actividad a la Agencia Tributaria (el censo) pero no tiene que pagar a la Seguridad Social hasta que sus ingresos alcancen cierta cantidad (no me acuerdo cuánto, aunque me me suena la cantidad de 500 euros). Por otr... See more Tengo una academia de inglés y al principio de este curso tuve que contratar a una profesora de otras asignaturas. Ante mi experiencia de contratar a empleados, quise contratar a un autónomo y mi gestor me dijo que un trabajador autónomo está obligado a declarar la actividad a la Agencia Tributaria (el censo) pero no tiene que pagar a la Seguridad Social hasta que sus ingresos alcancen cierta cantidad (no me acuerdo cuánto, aunque me me suena la cantidad de 500 euros). Por otro lado, no creo que sea tan malo darte de alta como traductor jurado. Si has llegado hasta aquí, lo más natural es que trabajes como traductor jurado. Yo llevo varios años trabajando en dos actividades (como profesora de inglés y traductora) y cada tres meses llevo mis facturas al gestor y él se encarga de todo. Esto sí, el gestor me cuesta 84€ al mes Otro inconveniente es que tendrás que trabajar el doble: los fines de semana, días de fiesta, etc. serán historia. ▲ Collapse | | |
Irene: 1) ¿Te das cuenta que estás escribiendo en un foro público que quieres defraudar a la Hacienda Pública haciendo facturas falsas? Edita eso y por favor, no incurras en ilegalidades. 2) Si no te van a pagar un complemento adicional a tu sueldo por hacer traducciones juradas, no las hagas. No necesitas estar de alta como autónoma para ser traductora jurada. Como si las haces gratis. Eso sí, que la empresa te pague un buen plus en base a la cantidad de trabajo ... See more Irene: 1) ¿Te das cuenta que estás escribiendo en un foro público que quieres defraudar a la Hacienda Pública haciendo facturas falsas? Edita eso y por favor, no incurras en ilegalidades. 2) Si no te van a pagar un complemento adicional a tu sueldo por hacer traducciones juradas, no las hagas. No necesitas estar de alta como autónoma para ser traductora jurada. Como si las haces gratis. Eso sí, que la empresa te pague un buen plus en base a la cantidad de trabajo que realices, y te lo indiquen por contrato. Aunque como bien te han dicho, mi consejo es que si tú ya tienes tu trabajo y tu empresa quiere traducciones juradas, que se ponga en contacto con traductores jurados, o te pague como corresponde. Piensa antes de escribir este tipo de cosas en foros públicos, porque cualquiera con mala intención te podría denunciar y vais tú y tu empresa a dar explicaciones a Hacienda. Es muy grave. Uno es dueño de sus silencios y esclavo de sus palabras.
[Editado a las 2013-03-09 08:27 GMT] ▲ Collapse | | | To report site rules violations or get help, contact a site moderator: You can also contact site staff by submitting a support request » Traductor jurado y facturas! Trados Studio 2022 Freelance | The leading translation software used by over 270,000 translators.
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